Es un acuerdo de estándar de reporte común (CRS, por sus siglas en inglés) para el intercambio automático de información tributaria firmado por 93 países (incluída la República Argentina) en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. En nuestro país fue implementado a través de la Resolución General Nº 3826/2015 de la AFIP, actualmente regido por la Resolución General Nº 4056/2017 de la AFIP, y modificatorias.
El objetivo del Acuerdo OCDE es el de intensificar a nivel global la lucha contra la evasión fiscal.
El Acuerdo OCDE tiene un impacto sobre todas las Personas Humanas y Jurídicas sujetas al pago del impuesto a las ganancias en los 93 países firmantes del acuerdo.
A partir del 1º de enero de 2016 los clientes nuevos (Personas Humanas y Jurídicas) deberán declarar si tienen residencia fiscal en el exterior, y en el caso de las Personas Jurídicas deberán además declarar si tienen controlantes (beneficiarios finales con más del 25% de control de la sociedad) que sean residentes fiscales en el exterior.
Por otra parte, la Entidad deberá identificar clientes existentes al 31 de diciembre de 2015 con residencia fiscal en el exterior, o (en el caso de las Personas Jurídicas) también con controlantes con residencia fiscal en el exterior. En ese contexto, es posible que algunos clientes sean contactados para firmar una Declaración Jurada OCDE.
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